29 sept 2009

Licencia Paternidad - Corte Constitucional

Licencia de paternidad se otorgará con mínimo 36 semanas de cotización.

La Corte Constitucional declaró inexequible la exigencia de más de 100 semanas de cotización para que un padre tenga derecho a la licencia de paternidad.

Dicho Tribunal, no determinó el número de semanas que las EPS deben exigir, pero sí, que los padres deben haber cotizado, como mínimo, un número de semanas equivalentes al tiempo de gestación, que oscila entre 36 y 40 semanas, tiempo que de igual manera se le exige a la madre del bebé, de no ser así, se estaría dando un tratamiento diferente y por consiguiente desigual a los padres del menor, lo cual afectaría al niño.

La Corte en cabeza de su presidente el Magistrado Nilsón Pinilla, igualmente explicó que esta decisión no se tomó para beneficiar al hombre y reducir su carga laboral, sino tras valorar el derecho superior del bebé, quien debe estar tanto con su madre como con su padre en el momento de su nacimiento y por ocho días, justo el tiempo en que la madre da a luz.

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