
Todas las empresas deben pagar parafiscales.
Señor empresario o comerciante, tenga en cuenta que usted debe realizar aportes parafiscales sin importar el número de empleados, por lo tanto si su empresa tiene tan solo un empleado, esta obligado a efectuar los respectivos aportes parafiscales.
La base de estos parafiscales, corresponde a los pagos que se efectúen mensualmente y sean constitutivos de salario de acuerdo a la normatividad vigente, artículos 127 y 128 del Código Sustantivo de Trabajo, ahora recuerde que con la Planilla Integral de Liquidación de Aportes - PILA, el empleador tiene una sola base para liquidar y pagar no solo los parafiscales sino los aportes a Seguridad Social, por lo tanto así se trate de un solo trabajador se debe efectuar los aportes por este.
La base de estos parafiscales, corresponde a los pagos que se efectúen mensualmente y sean constitutivos de salario de acuerdo a la normatividad vigente, artículos 127 y 128 del Código Sustantivo de Trabajo, ahora recuerde que con la Planilla Integral de Liquidación de Aportes - PILA, el empleador tiene una sola base para liquidar y pagar no solo los parafiscales sino los aportes a Seguridad Social, por lo tanto así se trate de un solo trabajador se debe efectuar los aportes por este.
Le ley no hace mención al número de trabajadores, tan solo habla que los aportes se realizarán sobre el valor de la nómina que corresponda a salario, sin importar que esta se encuentre conformada por uno o varios trabajadores.
El aporte del 2% que se hace al SENA como parafiscal es totalmente diferente a la obligación de contratar aprendices, algunos empleadores deben cumplir con las dos, por tal razón si una empresa tiene un número de 15 colaboradores directos, deberá contratar un aprendiz y pagar el aporte parafiscal sobre el valor de los salarios cancelados mes a mes, pero si el empleador tiene menos de 15 trabajadores, no esta obligado a contratar aprendices, pero si a pagar los aportes parafiscales.
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