7 may 2009

EMPLEADOR ESTA OBLIGADO A EFECTUAR EXAMEN MEDICO DE EGRESO



OBLIGATORIEDAD DEL EXAMEN MEDICO DE EGRESO.

El artículo 6° de la Resolución 2346 de 2007, establece que el empleador debe realizar a los trabajadores que se desvinculan de la compañía, sin importar la causal, el examen médico ocupacional de egreso, cuyo objetivo es valorar y registrar las condiciones de salud en las que el trabajador se retira de las tareas o funciones asignadas.

La disposición antes citada también prevé que el empleador deberá informar al trabajador sobre el trámite para la realización de la evaluación médica ocupacional de egreso e, igualmente, la norma establece que si al realizar la evaluación médica ocupacional de egreso se encuentra una presunta enfermedad profesional o secuelas de eventos profesionales -no diagnosticados-, ocurridos durante el tiempo en que la persona trabajó, el empleador elaborará y presentará el correspondiente reporte a las entidades administradoras, las cuales deberán iniciar la determinación de origen.

Sobre lo anteriormente expresado es importante resaltar que se entendía que no era necesaria la práctica del examen médico de retiro, ya que a partir de la vigencia de la Ley 100 de 1993 el riesgo derivado de la salud del empleado dejó de estar a cargo del empleador y paso a ser responsabilidad del sistema de seguridad social en salud, interpretación ésta que había acogido la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia en SENTENCIA DEL 22 DE JULIO DE 1999.

1 comentario:

Kate dijo...

Creo que tienen el derecho a un examen medico de egreso los trabajadores..
Aca en los cursos enarm, estamos viendo temas relacionados con muchas enfermedades, que seguramente muchos empleados pueden adquirir.