CON EL FIN DE AUMENTAR PUESTOS DE TRABAJO LAS EMPRESAS PODRAN AUMENTAR EL NUMERO DE APRENDICES DEL SENA.
El Decreto 1779 de 2009, establece que "(...) los empleadores no exceptuados de contratar aprendices, podrán aumentar voluntariamente el número de aprendices patrocinados con alumnos del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, en la siguiente proporción, siempre y cuando no hayan reducido el número de empleados vinculados a la empresa en los tres meses anteriores a la fecha en que se solicite al SENA la aplicación del beneficio, ni reduzcan la nómina durante la vigencia de los contratos de aprendizaje, en caso que lo haga, dará por terminado los contratos de aprendizaje voluntarios proporcionalmente:
El Decreto 1779 de 2009, establece que "(...) los empleadores no exceptuados de contratar aprendices, podrán aumentar voluntariamente el número de aprendices patrocinados con alumnos del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, en la siguiente proporción, siempre y cuando no hayan reducido el número de empleados vinculados a la empresa en los tres meses anteriores a la fecha en que se solicite al SENA la aplicación del beneficio, ni reduzcan la nómina durante la vigencia de los contratos de aprendizaje, en caso que lo haga, dará por terminado los contratos de aprendizaje voluntarios proporcionalmente:
Empresas entre 1 y 14 empleados, desde 1 aprendiz hasta el 50% del número total de empleados de la respectiva empresa.
Empresas entre 15 y 50 empleados, hasta el 40% del número total de empleados de la respectiva empresa.
Empresas entre 51 y 200 empleados, hasta el 30% del número total de empleados de la respectiva empresa.
Empresas con más de 200 empleados, hasta el 20% del número total de empleados de la respectiva empresa.
Empresas entre 15 y 50 empleados, hasta el 40% del número total de empleados de la respectiva empresa.
Empresas entre 51 y 200 empleados, hasta el 30% del número total de empleados de la respectiva empresa.
Empresas con más de 200 empleados, hasta el 20% del número total de empleados de la respectiva empresa.
La empresa que decida incrementar el número de aprendices, debe informarlo a la Regional del SENA donde funcione su domicilio principal, precisando el número de aprendices que requiere y su especialidad."
Cabe anotar que a través de estos aprendices la empresa podrá aumentar el numero de personas sin necesidad de contratar laboralmente más trabajadores, esta medida es aplicable para aquellas empresas que deseen reforzar la planta de personal. No se debe olvidar que para llevar a cabo este tipo de vinculación se debe cumplir con las exigencias propias del contrato de aprendizaje en cuanto a:
- El objeto del contrato, el cual tiene que ver con la formación práctica, métódica y completa que el aprendiz debe recibir por parte de la empresa, por consiguiente debe tener un tutor o supervisor permanente.
- La jornada de trabajo, donde no esta permitido laborar horas extras, dominicales y festivos.
- La subordinación, la cual debe estar obligatoriamente ligada a la formación académica que sobre el oficio el aprendiz esta adelantando en el SENA.
- La afiliación y pago del 100% de los aportes a Salud y Riesgos Profesionales por parte de la empresa, sobre la base de un salario mínimo legal mensual vigente.
Adicionalmente se debe cumplir con las exigencias del nuevo decreto 1779.
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